8. Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y peticiones
ante éstos y exigir su pronunciamiento;
9. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios
y participar en ellos. Estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas,
educacionales, culturales, de promoción socio - económicas y otras;
10. Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o
de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas;
11. Propender al mejoramiento de la calidad del empleo;
12. Efectuar actividades económicas para incrementar el patrimonio de la organización
como las señaladas en el artículo 33 letra h) de estos estatutos, directamente o a través de
su participación en sociedades.